TIPOS DE INCAPACIDAD LABORAL
La
incapacidad laboral se entiende por no tener la capacidad para
trabajar, y el reconocimiento oficial o legal de que no se tiene,
pero esta incapacidad tiene muchos tipos que se detallan a continuación:
Incapacidad
laboral transitoria: Consiste
en una enfermedad o accidente que sufre el trabajador que le imposibilita temporalmente el realizar su actividad laboral,
y requiere de asistencia sanitaria. Su duración máxima es de 12 meses que se
pueden prorrogar a otros 6. La prestación consiste en 60% o 75% de la base
reguladora y es totalmente incompatible con cualquier trabajo.
Invalidez
provisional: Se da cuando finaliza el plazo de la
incapacidad laboral transitoria (ILT) y el trabajador continúa imposibilitado
para realizar el trabajo y se prevé que la invalidez
no tiene carácter definitivo. Tiene una duración máxima de 6 años
desde el inicio de la ILT. Cuenta con una prestación del 75% de la base
reguladora y también es incompatible con cualquier trabajo.
Invalidez
permanente: Consiste en un trabajador que ha sido
sometido a tratamiento y se le ha dado el alta médica, pero todavía presenta
reducciones anatómicas o funcionales graves, que son previsiblemente definitivas
y anulan su capacidad laboral.
Incapacidad
permanente parcial (IPP): Se propicia
cuando el trabajador tiene una disminución no
inferior al 33% en su rendimiento laboral, sin incapacitarle para realizar las tareas fundamentales. La
prestación es de 24 mensualidades de la base reguladora y se cobra sólo una
vez. Es compatible con un trabajo de distinta profesión o la misma con una
reducción no inferior al 33% del rendimiento laboral.
Incapacidad
permanente total (IPT): Imposibilita al trabajador a realizar su actividad laboral
habitual, aunque le permite realizar otra distinta. Cuenta con una
prestación de pensión vitalicia de 55% de la base reguladora. Es compatible con
un trabajo distinto al suyo habitual, no pierde la pensión, le he es posible
cobrar el desempleo.
Incapacidad
permanente absoluta (IPA): Incapacita por completo al trabajador para toda
profesión u oficio. Tiene un pensión vitalicia del 100%
de la base reguladora. No imposibilita el desempeño de actividades lucrativas,
compatibles con el estado del inválido, no es compatible con el subsidio de
desempleo.
Gran
invalidez (GI): Se da cuando el trabajador afectado
por incapacidad permanente (IP), necesita una asistencia de una
tercera persona para realizar las actividades más primarias de la vida.
La prestación constituye un 100% de la pensión vitalicia de la base reguladora,
se incrementa un 50% para remunerar a la persona que presta la asistencia al
inválido. Es incompatible con el subsidio de desempleo y permite el desempeño
de las actividades que sean realizables con su estado.
https://www.rankia.com/blog/mejores-seguros/2598500-cuales-son-tipos-incapacidad-laboral?fbclid=IwAR1FcgDRcjTCbDV-XoOjj73d04CwpqoHBHAvvp94JaRhNVVqDTePoKhl6Cg
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