La prestación es la indemnización a la que se obliga la compañía de seguros en el caso de que ocurra la contingencia contemplada en el contrato. Este pago puede percibirse:
- En los seguros de personas:
- En forma de capital: se cobra todo el importe a la vez, como pago único.
- En forma de renta: se va recibiendo una serie de pagos sucesivos a lo largo de un tiempo. En este caso las rentas pueden ser temporales (durante un plazo determinado) o vitalicias (durante el resto de la vida del beneficiario).
Asimismo la obtención de estas prestaciones puede ser a la fecha de la contingencia, o bien diferida a un momento posterior. - En forma de servicios: la indemnización por parte de la entidad aseguradora consiste en la prestación de un servicio determinado en la póliza.
- En los seguros contra daños:
- En metálico: la entidad aseguradora valora el importe del daño sufrido por el asegurado y le indemniza en metálico. En los seguros contra daños, la aseguradora debe indemnizar los daños sufridos por el asegurado a través de una indemnización monetaria, salvo que en el contrato de seguro o posteriormente se acuerde otra cosa.
- En forma de reparación: la entidad aseguradora repara o repone el objeto u objetos dañados.
- En forma de servicios: en determinados seguros como el de asistencia en viaje la entidad aseguradora o los profesionales concertados por ella prestan al asegurado el servicio que necesita.
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